miércoles, 31 de agosto de 2011

Estatutos de la Asociacion internacional de Diarios Digitales‏

NUEVA YORK, EE.UU.-Fue creada en la ciudad de Santiago de los Caballeros la Asociación Internacional de Diarios Digitales (AID), con el objetivo de aglutinar en una institución a los propietarios y directores de estos medios informativos para proteger y fomentar la libertad de expresión e información y la independencia económica de los diarios digitales como condición indispensable de esa libertad.
La AID también tiene como objetivo promover la cooperación entre las organizaciones afines, defender la paz y la democracia, como elemento de convivencia humana y mejorar la calidad de los diarios digitales.
Dicha entidad nació con una oficina central establecida en Santiago de los Caballeros, ubicada en la plaza Emporium, carretera Luperón, y dos en Estados Unidos (Nueva York y Miami), North Miami, Florida 33168 590 NW 123 St Teléfono (305) 803-3716 Fax: (305) 803-3716, con la proyección de abrir una en cada país o ciudad donde haya una dirección de la asociación.
Para la difusión de mensajes, noticias y actividades, la AID tendrá su propia página digital y estará integrada a FACEBOOK y otras redes sociales.
Tras largos intensos debates fue constituida la entidad y elegida una Dirección Ejecutiva Internacional, integrada por las siguientes personas y cargos correspondientes:
1- Presidente……………….......................................................................Hipólito Vega
2- Vicepresidente…………..................................................................…Luís Céspedes Peña
3- Secretario General…….................................................................….Danilo Martínez
4- Secretario de Organización…........................................................ Juan Inoa
5- Secretario de finanzas………….........................................................Pedro Vega
6- Secretario de prensa y propaganda….......................................….Arturo Taveras
7- Secretario de Actos y Eventos……................................................ Blanca E. Coronado
8- Secretario de Asuntos Internacionales……................................ Radhamés López
9 - Secretario de Asuntos Jurídicos………........................................ Abogado Danilo Martínez
(Provisional)
Para una mejor integración de los directores de los diarios digitales fueron elegidos directores territoriales que se encargaran de crear sus propias directivas en su ciudad o país, la cual quedó integrada por las siguientes personas:
Vicepresidente en New York, EE.UU………..................................…Tony Domínguez
Vicepresidente en Miami, EE.UU……………......................................Edwin Abréu
Vicepresidente en Bani, R.D…………………....................................... Jose Francisco Castillo
Vicepresidente en Azua, RD…………………........................................Rafael Suero
Vicepresidente en Gaspar Hernández, RD…................................. Luis Emilio Brito Arias
Vicepresidente en Dajabon,RD………………......................................Barga Vila Riverón
CAPITULO I
DENOMINACIÓN - FINES - DOMICILIOArt. 1. La "Asociación Internacional de Diarios Digitales”, en lo sucesivo AID, fundada en el año 2011 en Santiago de Los Caballeros, República Dominicana, se regirá en lo sucesivo por los presentes Estatutos.
La AID es una Asociación voluntaria de propietarios de diarios digitales.
Se entiende por diarios digitales la publicación y actualización de los portales que sirven las noticias por medio al Internet.
Art., 2.- El domicilio donde funcionará la AID será el que determine la Dirección Ejecutiva Internacional
Art. 3. Son fines de la AID:
A)- Mejorar la calidad de los diarios digitales
B)- Proteger y fomentar la libertad de expresión e información y la independencia económica de los diarios digitales como condición indispensable de esa libertad.
C)- Promover la cooperación entre las organizaciones afines
D)- Defender la paz y la democracia, como elemento de convivencia humana
CAPITULO II
De quienes integran la AID
Art. 4.- Asociación Internacional de Diarios Digitales (AID) está integrada por los propietarios de los periódicos digitales
Art. 5.- Para ser miembro de AID no habrá distinción de carácter político, creencia, religión, raza o nacionalidad.
CAPITULO III
De los deberes y derechos de los miembros
Art. 6.- Los miembros de la AID se comprometen a respetar las resoluciones de sus Asambleas Nacionales, el presente Estatuto y las directivas y reglamentos establecidos por el Comité Ejecutivo y a proceder de acuerdo con ellos en su vida institucional.
Art. 7.- Los miembros contribuirán con el desarrollo y fortalecimiento de la AID, cumpliendo con las resoluciones emanadas de los organismos superiores
Art. 8.- Todos los miembros tienen derecho a participar en los beneficios que alcance o proporcione la AID como tal y a intervenir en su orientación y destino dentro de las estipulaciones siguientes:
a) Derecho a voz y voto y a elegir y ser elegidos para cualquier cargo directivo de la AID.
CAPITULO VI
De las autoridades de la Asociación
Art. 9.- Las autoridades de la AID son las siguientes en orden a su importancia:
a) Asamblea Nacional
b) Dirección Ejecutiva Internacional
c) Delegaciones Territoriales
En aquellas poblaciones, áreas o zonas cuya densidad de afiliados sean tres o más, podrán crearse a propuesta de la Dirección Ejecutiva, Delegaciones Territoriales. Al frente de las mismas habrá un Representante. Serán funciones de las Delegaciones Territoriales promover la Asociación en dicha zona, coordinar las relaciones entre los miembros de la misma, desarrollar los acuerdos que le encargue la Dirección Ejecutiva y proponer programas de actividades o servicios.
CAPITULO V
De la Asamblea Nacional
Art. 10.- La Asamblea Nacional es la autoridad máxima de la AID . Son atribuciones de de esta:
Art.11.- Elegir la Dirección Ejecutiva Internacional
Art. 12.- La Asamblea Nacional de la AID se reunirá cada 4 años del primero al diez de enero o cuando lo estime conveniente la Dirección Ejecutiva
Art. 13.- Cualquier otra consideración sobre el funcionamiento de la

Asamblea la dictarán los Delegados en el Reglamento del mismo que se acuerde en la Sesión Preparatoria.
CAPITULO V
De la Dirección Ejecutiva Internacional
Art. 14.- Para la dirección permanente y operativa de la AID La Asamblea Nacional delega su autoridad en la Dirección Ejecutiva Internacional elegida por la mismo Asamblea
Art.15.- La Dirección Ejecutiva tiene la representación permanente de la AID en la persona de su presidente en funciones.
Art. 16.- La Dirección Ejecutiva Internacional estará integrado por las siguientes personas y cargos correspondientes:
1- Presidente
2- Vicepresidente
3- Secretario General
4- Secretario de Organización
5- Secretario de finanzas
6- Secretario de prensa y propaganda
7- Secretario de Asuntos Jurídicos
8- Secretario de Asuntos Internacionales
9- Secretario de Actos y Eventos
Estos cargos serán ejercidos por 4 años, cumplido el tiempo podrán optar por más periodos
Art. 17.- En caso de vacar la Presidencia de la Dirección Ejecutiva , asumirá el cargo el Vicepresidente. Cuando vacan los dos cargos citados asumirá la Presidencia el Secretario General quien convocará a la asamblea general para que integre los cargos vacantes en la Dirección Ejecutiva. Los designados ejercerán dichas funciones hasta la reunión de la próximo Asamblea sea ésta Ordinario o Extraordinario.
Art. 18.- La Dirección Ejecutiva dictará un Reglamento Interior para el funcionamiento de las Secretarías y las atribuciones de los secretarios correspondientes.
Art. 19.- La Dirección Ejecutiva tendrá su sede en la República Dominicana, pero también de común acuerdo puede funcionar en otra nación , y se reunirá cada mes y cuando lo crea conveniente.
CAPITULO VI
De las Elecciones
Art. 20.- La Asamblea elegirá en su última Sesión Plenaria un Comité Electoral autónomo que tendrá a su cargo la preparación de todo el proceso para elegir la Dirección Ejecutiva hasta su culminación terminando entonces sus funciones.
Art. 21.- La Dirección Ejecutiva pueden reglamentar y establecer normas concretas frente al articulado del presente Estatuto siempre que ellas no atenten contra su espíritu y su concepción organizativa general.
Art. 22.- La Dirección Ejecutiva adoptará el presente Estatuto en el caso de ser necesario a las disposiciones legales que se requieran y se exijan para el reconocimiento oficial de la AID.
Art. 23.- La Dirección ejecutiva podrá expulsar a cualquier miembro por violación a cualquiera de los Estatutos, por indisciplina y por irrespeto en la persona de ADI o del Presidente en Funciones
Art.24.- Todo miembro de la AID, será portador de un carnet de la misma firmado por el presidente con un número valido de acuerdo a la incorporación de la misma
Cláusula
Primera.- Ningún socio podría usar el nombre ni las siglas ni el sello de la institución si no está autorizado por la Dirección Ejecutiva o por un mandato escrito del Presidente en Funciones
Segunda.- AID, tendrá su página de Internet como vehículo informativo.
Tercera.- Cada propietario de diario digital insertará el logo de la Asociación Internacional de Diarios Digitales (AID), en su medio, donde diga somos miembro de la AID
Cuarta.- Celebraremos a mediado de diciembre la”LA GRAN PREMIACIÓN ANUAL”, para reconocer los meritos a los mejores diarios digitales. Lugares 2-3 y el 1 “El Gran Premio”, al igual que 10 menciones de honor.

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