Julio Cury |
SANTO DOMINGO.-El doctor Julio Cury manifestó hoy que el ingeniero Hipólito Mejía no asistirá a la cita que le notificó ayer el magistrado Francisco Ortega, designado como juez conciliador por la Suprema Corte de Justicia mediante Resolución No. 6870/2012, del 6 de diciembre pasado, que admitió la acusación privada por difamación que presentó el ex Presidente contra el senador Wilton Guerrero y el Director del periódico El Caribe, Osvaldo Santana, citados también, pero por separado, a asistir al despacho del magistrado Ortega.
Cury argumentó que la citación hecha a las partes en causa es una iniciativa que puede estar “preñada de buenas intenciones”, pero que es violatoria al procedimiento previsto para la instrucción de las acusaciones privadas.
Aseguró que en virtud del artículo 361 del Código Procesal Penal, lo procedente era convocar al ex mandatario y a los imputados a una audiencia de conciliación a más tardar 10 días después de la fecha en que se admitió la acusación.
“Sin embargo, ya transcurrió el plazo y en lugar de convocarnos a audiencia, somos citados a su despacho sin indicarse con qué objeto”, señaló.
Expuso que el artículo 17 de la Resolución No. 1029-2007, establece que la fase conciliatoria debe ser convenida por las partes en conflicto luego y no antes de la audiencia de conciliación.
“Ni la ley ni el reglamento le otorgan al juez apoderado de una acción privada la atribución de citar a las partes a presentarse en su despacho, sino que por el contrario, le imponen la obligación de convocar una audiencia solemne y pública con fines conciliatorios, y si fracasa la tentativa de conciliación, debe ordenar apertura a juicio conforme las reglas del 305 del Código Procesal Penal”, señaló Cury, quien forma parte del Consejo de Defensa del ingeniero Hipólito Mejía.
Aclaró que la renuencia de Mejía reafirma ante el país su convencimiento de que el respeto al ordenamiento jurídico es la garantía de la pervivencia de las instituciones democráticas, y que en este caso el ex Presidente no hace otra cosa que abogar “por la vigencia efectiva de la Constitución y la ley. Nada más”.
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