martes, 31 de enero de 2012

Milagros Ortiz Bosch sugiere fórmula para atender reclamo de cañeros

 SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La doctora Milagros Ortiz Bosch, abogó por una solución urgente al drama social de los trabajadores cañeros del Consejo Estatal del Azucar (CEA) que ya no están en capacidad de producir y reclaman una pensión del Estado que les corresponde por ley. La exvicepresidenta de la República identificó varios mecanismos institucionales que podrían utilizarse para atender la solicitud de los antiguos trabajadores del CEA, incluyendo la aplicación de las leyes 141/97 de “Capitalización de las Empresas Públicas”, la Ley 121/01 de creación del “Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas” y el Reglamento 631/03 que determina el funcionamiento del FONPER
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“En las últimas semanas la ciudadanía ha sido conmovida por el reclamo de pensión de los trabajadores de los antiguos centrales azucareros de la República Dominicana. Parecería que estos trabajadores, ancianos y empobrecidos, no tuvieran ningún instrumento legal que los ampare”, expone en una declaración escrita la pasada ministra de Educación y exsenadora del Distrito Nacional.
La doctora Ortiz Bosch abordó el tema de los antiguos trabajadores cañeros en su espacio “Milagros desde la Zeta”, que se difunde diariamente en la emisora Zeta 101.3. Junto a ella participó la conocida comunicadora Consuelo Despradel, del “Gobierno de la Tarde”, que también suscribió el reclamo de una solución urgente al drama de los trabajadores cañeros.
Ambas estuvieron de acuerdo en que los trabajadores no están pidiendo un favor, sino reclamando un derecho que le otorga la ley. En ese sentido indicaron que los miles de reclamantes fueron empleados de empresas públicas que estaban obligadas a descontar y depositar las cuotas establecidas dentro del pasado sistema de Seguridad Social.
Según Ortiz Bosch y Despradel, los ciudadanos reclamantes están investidos de la condición de trabajadores y ex trabajadores de las empresas reformadas según lo define la Ley 141/97 de “Capitalización de las Empresas Públicas”.
“La obligación de entregar sus pensiones corresponde en primer lugar al organismo receptor de sus contribuciones, el antiguo Instituto de los Seguros Sociales, pero ante su incapacidad para honrar ese compromiso y la imposibilidad del Poder Ejecutivo de asumirlo, nos atrevemos a presentar, y solicitar un acto de justicia mediante la aplicación de las leyes 141/97 de “Capitalización de las Empresas Publicas”, la Ley 121/01 de creación del “Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas” y el Reglamento 631/03 que determina el funcionamiento del FONPER”, expresó la doctora Ortiz Bosch.
Y agrega que “el Reglamento 631/03 en su artículo IV, dedicado a establecer las Funciones del Consejo Director del FONPER establece como una de sus prioridades “depurados, validados y cubiertos las deudas de los trabajadores de las Empresas Reformadas”.
Explico que el Artículo 16, del mismo Reglamento, que trata sobre la Aplicación de los Recursos, señala que previa deducción de los gastos operacionales del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas tiene como obligación “El pago de las prestaciones laborales de los trabajadores”.
“Desde luego que se refiere a los trabajadores de las Empresas Reformadas y esos antiguos trabajadores del Consejo Estatal del Azúcar estén incluidos en los párrafos IV y XVI del Reglamento 613/03 que establece el funcionamiento del “Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas”.
Aunque reconoce que se podría discutir que la pensión no es una prestación y que los fondos depensiones no tienen que ver con la validación y depuración de las deudas de los trabajadores, no rebate ese punto de vista pero se pregunta de inmediato: “¿ydónde se desviaron sus descuentos con fines de retiro?, ¿quién se atreve a negarles su condición de ex trabajadores y trabajadoras de Empresas Reformadas?, ¿dónde nos queda el corazón después de tanta injusticia?”
“Nuestra sugerencia está dentro del espíritu con que se redactó el artículo 20 de la Ley141/97. No es la aplicación estricta dela Ley, pero esos fondos pertenecen al pueblo dominicano y siguen perteneciendo a esos trabajadores. Si el 20% establecido en el Reglamento se hubiese destinado a romper el círculo de pobreza en el que vivieron y siguen viviendo los cañeros del país, se hubieran construido residencias para cuidar su vejez. Con esa inversión no los estaríamos obligando a caminar las calles de la capital buscando como limosna lo que ganaron con su trabajo, ni tuvieran que retornar con las manos vacías al injusto rincón donde ven consumir sus vidas”, señala Ortiz Bosch.



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