SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La
Dirección General de Impuestos Internos inició formalmente la expedición de las
nuevas placas rotuladas, oficiales y exoneradas estatales, conforme a las
disposiciones de la Ley 195-11. Desde este primero de marzo, el Departamento de
Vehículos de Motor de la DGII está realizando las primeras sustituciones con
los vehículos de la Policía Nacional y la Autoridad Metropolitana de Transporte
(AMET), siendo estos dos organismos los primeros en completar el inventario que
deben remitir cada institución del Estado como lo establece la norma 14-11,
emitida por Impuestos Internos en octubre del año pasado.
Según expresa el Artículo 10 de la Norma General
14-11, la sustitución de las placas oficiales y exoneradas estatales se hará
conforme sean recibos los inventarios por parte de cada una de las entidades
estatales y autónomas, ayuntamientos, organismos militares y policiales a los
cuales corresponden este tipo de placas y que el proceso concluirá el próximo
30 de septiembre 2012. A partir de esta fecha quedarán sin vigencia las
actuales placas oficiales.
La DGII recuerda que desde el pasado 23 de diciembre
2011 está recibiendo los inventarios de las placas oficiales y exoneradas
estatales con la finalidad de iniciar el proceso de depuración y una vez
concluido el plazo establecido por la Ley, las placas actuales perderán
vigencia y los vehículos que las porten no estarán aptos para transitar en la
víapública.
Según lo dispuesto por la Norma 14-11, cada
institución debe depositar ante la DGII un inventario completo con los
datos de sus vehículos, incluyendo el tipo (automóvil, camión, camioneta,
“jeepeta”, etc.), matrícula del vehículo, placa actual, chasis, año de
fabricación, marca, modelo y color. Deberá hacerse constar si el vehículo está
activo y en uso, si está inservible o ha sido reportado como robado o
desmantelado y cualquier otra circunstancia relativa a su estado, que permita
la emisión únicamente de las placas de los vehículos activos y en uso.
Impuestos Internos asegura que es necesario ajustar
las leyendas para la rotulación de placas para uso oficial de entidades y
funcionarios del Estado a las nuevas denominaciones establecidas
constitucionalmente y al nuevo ordenamiento jerárquico establecido por la Ley
41-08.
La Norma General 14-2011 define los diferentes
conceptos en la nueva Ley de Placas, establece las denominaciones para las
placas rotuladas, oficiales y exoneradas estatales para uso oficial en
vehículos de servidores públicos, entidades estatales y autónomas,
ayuntamientos y organismos militares; establece el proceso de sustitución de
las referidas placa y los requisitos para la entrega de las placas rotuladas
para ministros y funcionarios públicos.
Sobre las nuevas chapas
La DGII explica que las placas rotuladas están
destinadas al uso de vehículos de funcionarios públicos, civiles, militares y
policiales, según establece la Ley 195-11. Serán identificadas con la letra“O”
seguida de la numeración que corresponda, mientras que en la parte inferior
llevarán inscrito el cargo que ocupa el funcionario al que se le asigne.
Para las placas exoneradas estatales destinadas para
el uso oficial de vehículos propiedad del Estado Dominicano o entidades
autónomas de éste, se establece la inscripción: “Exonerada Estatal” e iniciarán
con la letra“E” seguida de la letra que distingue el tipo de vehículo al que se
asigne.
Mientras, las letras EA identificarán a Exonerada
Estatal Automóvil; las letrasEG a Exonerada Estatal Jeep; las letras EI a
Exonerada Estatal Autobús; la letras EL a Exonerada Estatal Carga que incluye
camiones, camionetas, volteos, montacargas, remolques y otros vehículos);
las letrasED a los Ayuntamiento del Distrito Nacional y las letras EM a los
Ayuntamientos municipales
Las placas oficiales militares y policiales,
destinadas al uso en vehículos propiedad de las Fuerzas Armadas y la Policía
Nacional, serán rotuladas con el nombre de cada institución e identificadas de
la manera siguiente:OE Ejército Nacional; OF Fuerza Aérea; OM Marina de
Guerra yOP Policía Nacional.
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