Rosalía Sosa |
Participación Ciudadana (PC) advirtió hoy que en caso de que la reforma tributaria que acaba de ser introducida al Congreso Nacional sea aprobada con una mayoría distinta a la que requiere la Constitución para las leyes orgánicas, elevará una acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.
El movimiento cívico no partidista explica que le ha causado sorpresa la declaración del presidente del Senado, Reinaldo Pared Pérez, en el sentido de que las leyes tributarias no son leyes orgánica, por lo que prevé que el gobierno, que no quiso llegar a un consenso en el seno del Consejo Económico y Social, tampoco quiere hacerlo en el Congreso Nacional.
Asegura que la tributación sí es materia económica y financiera, por tanto es materia de las leyes orgánicas y que así lo establece la Constitución.
“La Constitución dominicana está dividida en títulos, y los títulos en capítulos, y los capítulos en secciones.
El título XI se denomina “DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y FINANCIERO Y DE LA CÁMARA DE CUENTAS”.
En el Capítulo II de este título de la Constitución se denomina “DE LAS FINANZAS PÚBLICAS” y dentro de este capítulo se encuentra la sección III denominada “DE LA TRIBUTACIÓN”. Esto implica que todo lo que está incluido en este título, incluyendo sus capítulos y secciones, es materia de las leyes orgánicas por mandato del artículo 112”, dice PC. Citan que el artículo 112 de la Constitución establece que para la aprobación de las leyes orgánicas se requiere del voto favorable de las dos terceras partes de los presentes en ambas cámaras, y califica como orgánicas las que regulan “el régimen económico y financiero”, explica la organización de la sociedad civil.
Abogan por consenso. Participación Ciudadana expresa que las leyes orgánicas han sido introducidas en la nueva Constitución para obligar a los partidos políticos a consensuar temas de gran trascendencia, como indiscutiblemente lo es la materia tributaria y evitar que algún partido pueda imponer en este tipo de materia una mayoría absoluta que pueda poseer temporalmente.
“El consenso solo beneficia a la ciudadanía, sin importar cuál sea el partido que deba ser tomado en cuenta para alcanzar la mayoría calificada requerida”, concluye el movimiento cívico no partidista.
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